La Junta establece nuevas ayudas de comedor para los escolares matriculados en el primer ciclo de Educación Infantil

 -          El Bocyl publica hoy las bases reguladoras de las nuevas ayudas de comedor escolar para el alumnado de primer ciclo de Infantil de centros privados o de entidades locales acogidos a la oferta de escolarización gratuita para el alumnado de 2-3 años. ENLACE DE DESCARGA

-          El plazo de presentación de solicitudes y la cuantía máxima se determinarán en la convocatoria y será equivalente al precio medio diario multiplicado por 22 (los días de cada mes) y por 10 (los meses del curso).



La Consejería de Educación apuesta por el comedor escolar como un instrumento de conciliación de la vida familiar y laboral y de fomento de la escolarización desde la edad más temprana. La Junta ya garantiza una alimentación diaria y equilibrada a los niños de las familias que más lo necesitan y gracias al sistema implantado por el Gobierno autonómico, más del 73 % de los 40.000 comensales habituales de Castilla y León comen gratis o abonan sólo una parte del menú.

Ahora, la Junta de Castilla y León establece una nueva línea de ayudas para los escolares del primer ciclo de Educación Infantil. A esta nueva ayuda se podrán acoger los alumnos escolarizados en centros privados o en aquellos cuya titularidad sea una entidad local acogidos a la oferta gratuita de escolarización, es decir, niños de 2-3 años. No se incluyen en esta línea los centros públicos gestionados por la Consejería de Educación, que ya disfrutan de su propio régimen de ayudas.

El Boletín Oficial de Castilla y León (Bocyl) publica esta mañana las bases reguladoras que establecen que la cuantía máxima de la ayuda se determinará en la correspondiente convocatoria y será equivalente al precio medio diario del alumnado habitual del servicio multiplicado por 22, referido a los días de cada mes, y por 10, referido a los meses del curso escolar.

En concreto, tendrán derecho al 100 % de la ayuda los alumnos que pertenezcan a unidades familiares en las que la suma de los ingresos de todos sus miembros obtenidos en el periodo impositivo inmediatamente anterior no exceda dos veces el IPREM, aquellos que se encuentren en situación de acogimiento, los pertenecientes a familias numerosas de categoría especial, víctima de violencia de género o de terrorismo y los que posean un grado de discapacidad igual o superior al 33 %

Asimismo, tendrá derecho al 75 % de la ayuda el alumnado perteneciente a unidades familiares en las que la suma de los ingresos no exceda dos veces y media el IPREM anual; y al 50 %, aquellos cuya familia no sobrepase tres veces el IPREM anual y los pertenecientes a familias numerosas de categoría general.



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